10/2/10

Objeciones al Proyecto de Ley de Economía Sostenible

El Consejo General del Poder Judicial y el Consejo Económico y Social acaban de publicar sus objeciones al nuevo proyecto económico-legal del gobierno.
El Consejo Económico Social destaca su heterogeneidad, falta de concreción y la regulación mediante Ley de cuestiones que debían regularse mediante Real Decreto. Se refiere especialmente al capítulo relativo al impulso de la sociedad de la información:

el CES entiende que el texto del Anteproyecto no guarda coherencia con el propio enunciado del Capítulo, al no contemplar la profusión de medidas relacionadas con el impulso a la sociedad de la información, que promueve de forma mucho más amplia y transversal una economía digital abierta y competitiva, y estimula el desarrollo de las tecnologías de la información (TIC).
El Consejo General del Poder Judicial se refiere expresamente a la falta de claridad sobre si el cierre de páginas web precisa de autorización judicial o por el contrario ésta no es requerida:
Sin embargo, al contemplar alguna otra de las reformas legales en tramitación, y en concreto la que determinará la introducción de un nuevo artículo 122 bis LJCa (por virtud de lo dispuesto en la disposición final primera, apartado siete, LES), se disipan las dudas planteadas, dado que en ese proyectado precepto no sólo se dice que la ejecución de las medidas consistentes en la interrupción de la prestación de un servicio de la sociedad de la información o en la retirada de determinados contenidos “requerirá de autorización judicial previa (…)”, sino que se ordena a la CPI que una vez acordada la medida de que se trate, solicite del Juzgado competente la autorización para su ejecución “referida a la posible afectación a los derechos y libertades garantizados en el artículo 20 de la Constitución”.
El Consejo General del Poder Judicial, además de aconsejar mantener la anterior designación por la que sólo pueden ser suspendidas las páginas en las que se preste el servicio correspondiente de forma onerosa o representando una actividad económica para su prestador, añade otras dos recomendaciones:
  • El art 122bis LJCA debería señalar que la autorización judicial es precisa tanto para la resolución de la comisión ministerial pendiente de ejecución, sino “también para aquéllas que se adopten con carácter cautelar en el curso de un procedimiento no concluso”.
  • Dicho art debería también señalar claramente a quién le corresponde solicitar las medidas cautelares correspondientes.
Ambos consejos piden una reforma integral del marco regulatorio  de la protección de la propiedad intelectual.
El problema es el de siempre: la falta de concreción es una muestra más de la falta de compromiso real  con todos los ciudadanos (la ley está hecha a la medida de SGAE y otros entes de gestión de derechos de autor) y de la falta de planificación y objetivos concretos a alcanzar. Groucho Marx dijo que “La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados”. Cuando Zapatero dijo que era rojo, no sabíamos que era también marxista. Pero de Groucho.
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